Ley de Transparencia

Normatividad

Decreto único reglamentario

Savia Salud EPS se rige según el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y  Protección Social, Decreto 780 de 2016 (Decreto Único Reglamentario - Sector Salud).

Vínculo al diario o gaceta oficial

Se procede a informar que la naturaleza jurídica y composición accionaria de Savia Salud EPS, no corresponde al de una entidad pública sino al de una sociedad de economía mixta, que no supera el 90% del capital social por parte del Estado , esta se constituyó con la finalidad de operar como aseguradora del Régimen Subsidiado de Salud, con aportes públicos del Departamento de Antioquia y el Municipio de Medellín equivalentes a un 73.3%; y privados de la caja de compensación familiar COMFAMA con un 26.7%, su objeto es garantizar el acceso a los servidores de salud con oportunidad, calidad, eficiencia.

Políticas, lineamientos y manuales

Agenda regulatoria

Se procede a informar que la naturaleza jurídica y composición accionaria de Savia Salud EPS, no corresponde al de una entidad pública sino al de una sociedad de economía mixta, que no supera el 90% del capital social por parte del Estado , esta se constituyó con la finalidad de operar como aseguradora del Régimen Subsidiado de Salud, con aportes públicos del Departamento de Antioquia y el Municipio de Medellín equivalentes a un 73.3%; y privados de la caja de compensación familiar COMFAMA con un 26.7%, su objeto es garantizar el acceso a los servidores de salud con oportunidad, calidad, eficiencia. Los Ministerios y Departamentos Administrativos deben publicar la Agenda Regulatoria ARTÍCULO 2.1.2.1.20 del Decreto 1273 de 2020). Ésta deberá elaborarse por el servidor público responsable designado al interior de la entidad y presentarse en el formato suministrado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (PARÁGRAFO del Artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1273 de 2020)

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